Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización 2022 (Plan Cambia 360)

Subvenciones del ayuntamiento de madrid para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización 2022 (plan cambia 360)

El Decreto de 8 de abril de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad aprobó la convocatoria de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización de la anualidad 2022.

¿CUÁL ES SU FINALIDAD?

La finalidad es contribuir a la reducción de las emisiones contaminantes a la atmósfera, así como la de fomentar la climatización eficiente de bajas emisiones en los edificios, y de este modo mejorar la eficiencia energética, mediante la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización basadas en procesos de combustión fósil y su sustitución por sistemas de climatización eficiente de bajas emisiones, llevadas a cabo en el municipio de Madrid, y estructuradas en los siguientes ámbitos:

  • Calderas de gasóleo: Sustitución de calderas de gasóleo por sistemas de alta eficiencia conectadas a redes de suministro urbanas que eviten el transporte de combustible.
  • Calderas de gas atmosféricas: Sustitución de calderas de gas natural de tipo atmosférico por sistemas de alta eficiencia conectadas a redes de suministro urbanas que eviten el transporte de combustible.
  • Terrazas sin emisiones: Sustitución de instalaciones o aparatos de calefacción por combustión empleados en terrazas o quioscos de hostelería y restauración, situados en la vía pública o en terrenos de titularidad privada y uso público, mediante instalaciones o  aparatos que produzcan el calor sin emisiones locales.
  • Calefacción y agua caliente sin emisiones: Sustitución de los generadores de calor que empleen combustibles de origen fósil en cualquier instalación térmica, que dé servicio a una única vivienda de edificios de uso residencial privado, mediante bombas de calor de accionamiento eléctrico.

El crédito presupuestario de estas ayudas es de 5.500.000 euros, que se distribuye del siguiente modo:

¿QUIÉN SE PODRA BENEFICIAR?

De las ayudas correspondientes a las calderas de gasóleo y calderas de gas atmosféricas:

  • Las comunidades de propietarios de edificios de uso residencial privado con dos o más  viviendas.
  • Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, u otros entes sin personalidad jurídica propia, titulares o arrendatarios de
    • fincas de propiedad particular de dos o más viviendas o edificios de viviendas  pertenecientes a Comunidades de Bienes
    • establecimientos, locales o edificios pertenecientes al Sector Terciario con potencia térmica nominal mayor a 70 Kw 
  • De las ayudas correspondientes al ámbito de las terrazas sin emisiones podrán ser beneficiarias las empresas que tengan la consideración de pymes, titulares o arrendatarias de establecimientos de hostelería y restauración, ubicados en la ciudad de Madrid, abiertos al público, que dispongan de una terraza o quiosco situados en la vía pública o en terrenos de titularidad privada y uso público, que haya sido autorizados antes de la entrada en vigor de la Ordenanza 1/2022, por la que se modifica la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración.
  • De las ayudas correspondientes al ámbito de calefacción y agua caliente sin emisiones podrán ser beneficiarios las personas físicas, titulares o arrendatarios de viviendas, individuales o en bloque que sean además -y en último término- quienes realicen la inversión necesaria para la ejecución de la instalación, con independencia de que la misma sea objeto de cualquier tipo de financiación expresa o tácita.

 ¿HASTA CUÁNDO Y CÓMO? 

Podrán presentarse transcurridos cinco días hábiles desde el día siguiente a al publicación de la convocatoria en el BOCM, y hasta:

  • El 25 de noviembre de 2022, para los ámbitos “Calderas de gasóleo”, “Calefacción y agua caliente sin emisiones” y “Calderas de gas atmosféricas”.
  • El 21 de octubre de 2022, para el ámbito “Terrazas sin emisiones”.

Las solicitudes de las ayudas se presentarán por medios electrónicos a través de las empresas instaladoras adheridas al Plan Cambia 360 (www.cambia360.es) del Ayuntamiento de Madrid. A través de este enlace se podrá conocer el listado actualizado de las empresas adheridas.

Cualquier solicitante que quiera beneficiarse de los distintos ámbitos de esta línea de ayudas deberá acudir a una empresa instaladora habilitada, adherida al plan, con la que vaya a intervenir total o parcialmente en la ejecución de la actuación subvencionable.

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